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10 de julio de 2023La recién promulgada Ley de Empresas Emergentes ha establecido importantes incentivos para las compañías consideradas como ‘startups’. Estas empresas, que cumplen con una serie de requisitos específicos, podrán beneficiarse de ventajas fiscales significativas, incluyendo tipos de gravamen reducidos en el Impuesto sobre Sociedades durante los primeros años de actividad, facilidades en los pagos fraccionados y beneficios en el Impuesto sobre la Renta para inversores, entre otros.
Para calificar como una empresa emergente y disfrutar de estos tratos favorables, las compañías deben constituirse como Sociedad Anónima (SA), Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL) o cooperativa, y cumplir con los siguientes requisitos:
- Empresa de nueva creación: La sociedad debe haberse constituido recientemente, sin haber transcurrido más de cinco años desde su inscripción en el Registro Mercantil o de Cooperativas. Para empresas en sectores estratégicos como industria, biotecnología y energía, este plazo se amplía a siete años.
- Exclusión de fusiones y grupos: No se considerarán empresas emergentes aquellas surgidas de fusiones, escisiones o transformaciones de otras empresas que no poseían esta calificación. Además, si la empresa emergente forma parte de un grupo, tanto el grupo como cada una de las empresas que lo componen deben cumplir los requisitos para ser consideradas startups.
- Proyecto innovador: La empresa debe desarrollar un proyecto innovador con un modelo de negocio escalable. El objetivo de la empresa debe ser resolver problemas o mejorar situaciones existentes a través del desarrollo de nuevos productos, servicios o procesos, o mediante mejoras sustanciales en los mismos. Además, debe existir un riesgo de fracaso tecnológico, industrial o comercial.
Para cumplir con estos criterios, se deben satisfacer ciertos requisitos mínimos, como la proporción de gastos de I+D+i en relación con los gastos totales, así como la capacidad de trasladar la innovación a otros productos, servicios o destinatarios con una inversión relativamente baja.
Además de estos requisitos, las empresas emergentes no pueden distribuir dividendos ni cotizar en un mercado regulado, deben tener su sede social o domicilio en España y al menos el 60% de su plantilla con contrato laboral en el país. También deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y tener un volumen de negocio anual inferior a diez millones de euros.
La validación de estos requisitos se lleva a cabo a través de un procedimiento a cargo de la Empresa Nacional de Innovación (ENISA) en un plazo no superior a tres meses. En caso de no haber una resolución expresa en ese lapso, se considerará que la solicitud ha sido aceptada.
Es importante destacar que todas las condiciones legales deben ser cumplidas para obtener el estatus de empresa emergente. Se recomienda solicitar a ENISA la validación de estos requisitos para acceder a los beneficios fiscales establecidos por la Ley de Empresas Emergentes.